domingo, 26 de octubre de 2008

"Uruguay: las parejas gay celebran la aprobación de la ley de unión concubinaria"




En una jornada histórica para las minorías sexuales de Uruguay, el Senado aprobó el proyecto de Ley de Unión Concubinaria para todas las parejas, incluidas las del mismo sexo.

En una jornada histórica, aunque sin mucha prensa, el Senado uruguayo aprobó la Ley de Unión Concubinaria (fotoilustración AG Magazine).Tras haberse tratado y aprobado en la Cámara de Diputados sobre fines de noviembre, el proyecto volvió hoy al Senado donde hoy tuvo sanción definitiva. Después de controversias y modificaciones, la ley fue aprobada a las 16.20 horas de la tarde de hoy con 17 votos a favor sobre 22 legisladores que la trataban.El proyecto presentado por la senadora Margarita Percovich de la bancada oficialista Frente Amplio. La ley fue votada en bloque por el Partido de gobierno y por el Partido Colorado en su mayoría. En tanto, el Partido Nacional fue el único que voto en contra.En el texto se establece que la convivencia ininterrumpida de al menos cinco años en unión concubinaria genera derechos y obligaciones, cualquiera sea el sexo de la persona. Y los concubinos están obligados a contribuir a los gastos del hogar de acuerdo a su respectiva situación económica. Una vez disuelto el vínculo, persiste la obligación de auxilios recíprocos durante un período subsiguiente no mayor al de convivencia.CÓMO SE REALIZAEl texto aprobado por el Parlamento pasa hoy al Poder Ejecutivo para su promulgación y, una vez que entre en vigencia, lo primero que deben hacer quienes quieran adherirse a la Ley de Unión Concubinaria es presentarse ante un juez de familia con testigos que avalen su situación de pareja. Iniciado el trámite, si no hay una relación anterior no disuelta van a conformar una nueva sociedad de bienes. Tras la identificación de los bienes que integrará la pareja a su convivencia, se realizará una sentencia de declaración de Unión Concubinaria que deberá ser inscripta en una sección de registros de datos de personas a tales efectos creados por la ley.DERECHOS Y OBLIGACIONESCon esta nueva ley, los concubinos están obligados a contribuir a los gastos del hogar de acuerdo a su respectiva situación económica. Una vez disuelto el vínculo, persiste la obligación de auxilios recíprocos durante un período subsiguiente no mayor al de convivencia.Presentada, por ejemplo, una demanda de alimentos, la parte demandada podrá excepcionarse cuando la demandante haya sido condenada por la comisión de un delito en perjuicio de ésta o sus parientes hasta en tercer grado en línea descendente, ascendente o colateral.La extensión de los derechos pensionarios a los concubinos operará transcurrido un año de la entrada en vigencia de la ley.La ley tiene un capítulo entero referido a la seguridad social. Las personas que tengan declaración de unión concubinaria tendrán derecho a estar protegidos por la seguridad social como pensionistas, en el caso de que fallezca uno de los concubinos.Según estudios en los que se apoyó la iniciativa, entre 1987 y 2004 la tasa de nupcialidad –de personas que optan por el matrimonio– bajó del 10 al 5 por ciento, al tiempo que el porcentaje de uniones libres subió del 10 al 30 por ciento.


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Agregado por: Milagros Castro Gora

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